LEY DE CATASTRO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

OBJETO DE LA REGULACIÓN:

Normar el funcionamiento y coordinación que en materia catastral compete a los Gobiernos Estatal y Municipales.


ÍNDICE:

CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
CAPÍTULO II. De las atribuciones de los gobiernos estatal y municipales.
CAPÍTULO III. De los derechos y obligaciones de propietarios y poseedores de bienes inmuebles.
CAPÍTULO IV. De las operaciones catastrales.
CAPÍTULO V. De las tablas de valores.
CAPÍTULO VI. De las infracciones y sanciones.
Transitorios.

Folio 17

FECHA DE EXPEDICIÓN:
21 de diciembre de 2001

FECHAS EN QUE HA SIDO ACTUALIZADO:
18 de julio de 2012 Gaceta Oficial Núm. Ext. 238.

FECHA DE SU VIGENCIA: Sin definir.

AUTORIDAD(ES) QUE LA EMITEN:
Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave.

AUTORIDAD(ES) QUE LA APLICAN:
El Gobierno Estatal y los Gobiernos Municipales.

TIPO DE ORDENAMIENTO: Ley.

MATERIAS REGULADAS: Administrativa.

SECTORES REGULADOS:
Público y Privado.

SUJETOS REGULADOS:
Los propietarios o poseedores, sus representantes, los inquilinos, administradores o cualquier otra persona encargada de un bien inmueble.
Los comisariados ejidales, así como los ejidatarios o avecindados de los ejidos.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, encargadas del control de los bienes inmuebles propiedad de sus respectivos gobiernos.
Los Ayuntamientos, por conducto de la oficina encargada de otorgar licencias para construcción y demolición de edificaciones.
Los servidores públicos estatales y municipales que autoricen la fusión, subdivisión, relotificación o fraccionamiento de terrenos.
Las personas físicas o morales a quienes se autorice fusionar, subdividir, relotificar o fraccionar terrenos.
Los fedatarios públicos que intervengan en el otorgamiento de contratos que transmitan o modifiquen el dominio de un inmueble.
La Autoridades Estatales o Municipales que intervengan en los Programas de Desarrollo Regional y Urbano, así como en la ejecución, supervisión y control de obras y servicios públicos.
Las Autoridades Federales y Estatales encargadas de la regularización de la tenencia de la tierra.
Los Gobiernos Municipales.

TRÁMITES Y SERV. RELACIONADOS:
1. Actualización al registro catastral por modificaciones físicas del inmueble, manifestación de construcciones y/o ampliaciones
2. Actualización al registro catastral por modificaciones o rectificación de datos administrativos y legales
3. Certificado de valor catastral provisional.
4. Certificado de valor catastral.
5. Actualización al registro catastral por modificaciones físicas del inmueble fusiones, subdivisiones y régimen de condominio.
6. Pago de Traslado de Dominio.
7. Registro catastral de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos y rurales.

INSPECCIONES, VERIFICACIONES Y VISITAS DOMICILIARIAS:
Artículos 9, 22, 23, 36 y 37.
VER INSPECTORES

ÁMBITO DE APLICACIÓN: Municipal.

OTRAS REGULACIONES DERIVADAS O VINCULADAS:
1. Reglamento de la Ley Catastro del Estado de Veracruz.
2. Código de Procedimientos Administrativos para el Estado.
3. Código Hacendario para el Municipio de Veracruz.
4. Reglamento de desarrollo urbano, fraccionamiento y vivienda para el municipio de Veracruz

 

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Información actualizada:  2022/mar/30, 13:25 hrs.
Contacto:  ejecucionfiscal@veracruzmunicipio.gob.mx